jueves, 12 de agosto de 2010

DIA INTERNACIONAL DE LA JUVENTUD

El mayor premio de la vida son los famosos años mosos o la juventud, hoy se celebra el dia internacional de la juventud e inicia el año de la juventud, es importante que a pesar de que te sobran los años para hacer lo que te ha propuesto y de no, lo que te ha de proponer, que no pierdas tu tiempo en cosas banas sino que lo invierta ya que ahora te sobra la energia, el tiempo y la virtud de la juventud, para que un futuro menos provechoso para vosotros te posiciones en el lugar del buen sembrador y coceche justo aquello que ha sembrado en el hoy, recuerda el futuro es el fruto de nuestras desiciones en el presente, el tiempo pasa y no se detiene ni con el mayor de los deseos. no deje que te pase sin invertir parte del mismo en tu futuro.

martes, 20 de abril de 2010

ESTATUTOS DE ASEUIPA

ESPERAMOS ANALICEN Y NOS ENVIEN SUS COMENTARIOS CON Y OBSERVACIONES CON LA FINALIDAD DE INCLUIRLOS/AS EN UNA MODIFICACION ACORDE CON LO QUE DESEAMOS SEA NUESTRA ASOCIACION, AYUDANOS A INSTITUCIONALIZAR NUESTRA ASOCIACION PARTICIPA.

ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DE LA ISABELA PANTOJA
(ASEUIPA)


ESTATUTOS ORGÁNICOS


En virtud de los poderes de que haya investido la dirección de nuestra organización reunida en asamblea extraordinaria dictan y aprueban los siguientes estatutos, que regirán todas las actividades y vida institucional de dicha asociación de estudiantes universitarios, acogiéndose a lo establecido en el mismo.

CONSIDERANDO: que ante la necesidad imperiosa requerida por las leyes de la republica dominicanas para que una asociación adquiera la presencia jurídica, debe estar dotada de un instrumento de dirección interna llamado estatutos.

CONSIDERANDO: que toda asociación debe buscar la mejoría del sector que le dio razón de ser y evitar la anarquía y la división de esta institución. Debe mas aun entender; ayudar y asistir cuando así le solicitaren todos los estudiantes de nuestra institución.

CONSIDERANDO: que vista la crisis institucional sufrida en el primer semestre del año 2009, más la necesidad de adecuar a las exigencias de estos tiempo los estatutos de la ASEUIPA reciben algunas modificaciones prevista en esta herramienta institucional.

VISTA: la constitución de la republica dominicana, la ley de libre acceso a la información publica y la ley de asociaciones sin fines de lucro; dan como herramienta de organización y estructuración los siguientes estatutos:


CAPITULO I

NOMBRE, NATURALEZA Y DOMICILIO

ART.1.- Los estudiantes universitarios de la Isabela Pantoja, villa linda, el manzano y zonas aledañas, reunidos el 9 de febrero del año 1997; constituyeron como una asociación de estudiantes universitarios de la Isabela Pantoja. Nombre ratificado en conformidad con la ley. Numero 520 del 28 de julio de 1920 sobre asociaciones sin fines de lucros, la cual tendrá su sede central en santo domingo D.N. con duración permanente.
º
ART.2.- ASEUIPA es una asociación de organismo de base de la FED, en cuanto al ejercicio de sus funciones; pero en cuanto a su funcionamiento regular, al orden interno y a la conducta que deben observar sus miembros, todos están sometidos al poder disciplinario, según las reglas que establece el presente estatuto.

ART.3.- ASEUIPA es una organización sin orientación partidista, que aglutina en su seno a todos los estudiantes universitarios de nuestro distrito municipal y zonas aledañas que no cuentan de una asociación.

ART. 4.- El símbolo de aseuipa esta representado por tres logos. El símbolo de la asociación en la parte superior lleva el logo de medicina que simboliza la sanidad en general y en especial la de nuestra organización, en el cuarto inferior izquierdo el logo de la facultad de arte significando la creación de una sociedad diferente con visión futurista y de progreso. En el cuarto inferior derecho el símbolo de la facultad de ingeniería significando la construcción de una sociedad unificada basada en la modernidad y en los adelantos tecnológicos. Y en el fondo el color azur cielo que significa la grandeza y pureza de nuestra organización

El lema:

ART.5.- El lema de aseuipa es Estudio, Unidad y triunfo.

Del símbolo

PÁRRAFO 1.- Todos estos símbolos están enmarcados por la inscripción. Asociación de Estudiantes Universitarios de la Isabela-Pantoja. (ASEUIPA)

DE LA BANDERA:

ART. 6.- La bandera de ASEUIPA es de color azul cielo. En su centro lleva colocado el símbolo de la asociación.


OBJETIVOS FUNDAMENTALES:
ART. 7.-
A) Luchar por el derecho de educarse que tienen todos los miembros de la asociación, como todos los hombres que forman la humanidad.

B) Mantener una lucha constante por la reforma progresista de la educación a todos los niveles.


C) Luchar por obtener los medios y herramientas necesarias para hacer posible la educación universitaria de los miembros de nuestra Asociación, como son: transporte, libros, bibliotecas, etc., y junto a la FED luchar por las conquista académicas universitarias como son: becas, exoneraciones, créditos educativos y mejoramiento de la docencia, etc.

D) Organizar y unir a los estudiantes de nuestro pueblo, estimulando el espíritu de solidaridad y unidad entre sus miembros.
E) Defender los derechos de los estudiantes y el respeto y la consideración que merecen entre ellos, así como los intereses morales, intelectuales y materiales de sus estudios.

F) Luchar junto al pueblo en la defensa de sus intereses, esencialmente junto a los oprimidos obreros y campesinos que tratan de construir una sociedad más justa para abolir la actual situación de dependencia, atraso y opresión; para así poder crear un clima de libertad y democracia para el pueblo mismo.

G) Promover La unidad y mantener relaciones bilaterales de intercambio y ayuda mutua con las organizaciones juveniles y estudiantiles que tengan y persigan objetivos afines a nuestra asociación; pero siempre enmarcados en un clima de respecto mutuo e independencia.

H) Luchar en nuestra localidad por la educación, alfabetización, desarrollo cultural, artístico, deportivo y por mejores condiciones de empleos, así como por la erradicación definitiva de la corrupción.

CAPITULO II

ADMINISTRACION

ESTRUCTURA ORGÁNICA:

ART.11.- La fuente del poder de todos los organismos de ASEUIPA reside en las masas y su libertad libérrima.

ART.12.- Los organismos superiores de la dirección de orden jerárquico (descendiente) son los siguientes:

A) Asamblea general ordinaria.
B) Junta directiva.
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA:

ART.13.- La asamblea general ordinaria esta compuesta por todos los miembros de ASEUIPA que gozan de todos los derechos.

ART.14.- La asamblea general ordinaria es el máximo organismo deliberativo de ASEUIPA encargada de aprobar los programas y estatutos de la asociación y modificarlo cuando así lo considere, así como tomar cualquier medida para que estas se cumpla, medidas disciplinarias incluyendo la suspensión de directivos, para esto ultimo debe ser por tres cuarta parte de la asamblea (75%) parcial o total.

ART.15.- Será convocada cada 90 días por la directiva con la finalidad de presentar los informes de las actividades realizadas y programar los trabajos de futuros.

ART.16.- La asamblea tendrá carácter deliberativo cuando la asistencia mínima sea de un 51% y los acuerdos tomados en la misma tendrán carácter irrevocable, por cualquier organismo de ASEUIPA que no sea la asamblea generar ordinaria.

ART.17.- En caso de que la asistencia no alcance el señalado numero, la asamblea se hará con carácter informativo, no deliberativo.

ART.18.- La asamblea general ordinaria será dirigida por la directiva de forma exclusiva.

ART.19.- Ningún miembro de la directiva estará facultado a presentar puntos fuera de agenda.


ART.20.- Será convocada por la directiva cuando la prioridad de los asuntos a tratar impida que sea tratado en el tiempo la convocatoria de la asamblea general ordinaria o cuando el 40% de los miembros de ASEUIPA lo soliciten para exponer asuntos de suma importancia y para el buen funcionamiento de la asociación que al momento así lo amerite.



TENDRÁ CARÁCTER LIBERATIVO CUANDO:

ART.21.-

A) Cuando la asistencia sea de por lo menos un 50% de los miembros a la primera vez de ser convocada.
B) Cuando la directiva considere necesario celebrara con el numero que ella establezca a la segunda vez de invocada.
C) A la tercera vez de convocada la directiva estará facultada para tomar los acuerdos de lugar y exigir el cumplimiento de los mismo.

ART. 23.- Los miembros directivos estarán facultados de su autoridad para exigir el cumplimiento de estas, sancionando a quien no se ajuste a los acuerdos tomados.

DEL COMITÉ DISCIPLINARIO:

ART. 55.- Estará integrado por el secretario de Organización, Secretario de asuntos Estudiantiles, Secretario Regional y por 2 miembros de ASEUIPA que Serán nombrados por la asamblea general así como un suplente para cada uno.
PÁRRAFO I.- Dicha comisión tendrá una duración de un año y será nombrado junto a la directiva.

ART. 56.- Todo miembro debe ser oído ante de ser sancionado, en caso de no asistir a dos convocatorias consecutivas, será juzgado en contumacia.

ART. 57.- El comité disciplinario velara por el cumplimiento de la disciplina interna, así como el conocimiento de las faltas en que incurran los miembros de la asociación y las decisiones que tome a las sanciones que dicte, tendrá validez.



CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS:

ART. 8.- Son miembros de ASEUIPA todos los estudiantes universitarios que se hallan registrado en la misma y que residan en los siguientes sectores: La Isabela, Pantoja alto y Pantoja bajo, La Redención, La Hondonada, Palmarejo, Villa linda, Villa del Palmar, manzano y posibles comunidad futuras creada dentro de dicha demarcación; que se hayan matriculado en una institución de educación superior establecida en el país y hayan cursado por lo menos un semestre y/o cuatrimestre residiendo en unos de lo ya sectores mencionados, que presenten carácter de continuidad tanto de domicilio como de estudios y que estén en pleno respeto de los establecido en los estatuto orgánico, de SEUIPA.

PÁRRAFO 1.- Todo miembros que gocen de la características ante expresa matriculado en una universidades exceptuando la autónoma de santo domingo (UASD), tendrán derecho a usufructuarse de los beneficios generado por y para ASEUIPA, limitando a los mismo a tomar participación en las decisiones electorales de dicha asociación, ya que ASEUIPA fue creada con interés fundamental de proporcional cómodo escenario de estudios dentro de la difícil estancia de la uasd, inconveniente con( catedráticos, asignaciones, publicaciones, exoneraciones, becas y subsidios.

PÁRRAFO II. Todos los miembros que se ausente de la Universidad por más de 2 semestre pierden su condición de miembros de la asociación y solo vuelven a adquirirlo cuando se reintegren a los compromisos académicos en las distintas universidades.




PÁRRAFO III.- Los miembros que logren feliz término de su carrera estudiantil y pasen a ejercer su profesión, conservaran la condición de miembros, honoríficos, con derecho a voz, pero sin voto deliberativo; siempre y cuando agoten el cumplimiento de los presentes estatutos.

DEBERES DE LOS MIEMBROS:

ART. 9.-

A) Cumplir cabalmente con los estatutos y todas las disposiciones emanadas de la directiva, asamblea u organismo competente.

B) Asistir puntualmente a todas las asambleas y reuniones convocadas por la directiva.

C) Ser fiel defensores como buenos padres de familia de nuestra organización en todo momento, tomando en cuenta el carácter, principios de ideología de la misma.

D) Estar presto a servir incondicionalmente a la asociación en los momentos que sea requeridos y desempeñar con esmero, audacia, intrepidez y espíritu creador, las responsabilidades y tareas que le sean asignadas. Salvo que la fuerza de causa mayor se lo impida y que la directiva así lo considere.

E) Contribuir al mandamiento de la armonía y la unidad en el son de la asociación.

F) Dirigirse con altura a cualquier miembro en cualquier momento y lugar.

G) Ajustarse a cualquier medida disciplinaria ejecutada por cualquier organismo competente.


H) Ser porta voz permanente de los principios y fines de la asociación.

I) Aceptar cualquier posición de la directiva dentro de los organismos, siempre que sea por aceptación espontánea de la mayoría de los miembros.

J) Presentarse a votar en las elecciones, para fortalecer nuestra asociación.

K) Asumir funciones que le sean autorizada por ASEUIPA:

L) Pagar con puntualidad las cuotas así como otras obligaciones monetarias establecidas por los organismos competentes para un buen desenvolvimiento de la asociación.

DERECHOS DE LOS MIEMBROS:

ART. 10.-

A) Todo miembro tiene derecho a participar con voz y voto en todas las reuniones, Asambleas y otras actividades de la asociación, excepto que alguna resolución o sanción así se lo impidan, exceptuando los de las universidades privadas que serán representados por una comisión previamente electa por los mismos.


B) A elegir y ser elegido a cualquier organismo de la asociación aunque para esto ultimo habrá de tener dos semestres aprobados, exceptuando los de las universidades privadas que serán representados por una comisión previamente electa por los mismos.

A) Disfrutar de todas las conquistas y beneficios que se les puedan otorgar tales como: transporte, préstamos, exoneraciones, becas, libros, reconocimientos y otro tipo de ayuda.

B) Ser defendido en su derecho como estudiante y como miembro de la asociación y ser ayudados en sus problemas.

C) Criticar a los demás miembros, incluyendo los directivos y exigir el respeto y cumplimiento de los estatutos.

D) Ningún miembro puede ser expulsado sin haber sido escuchado previamente y sin el consentimiento de la Asamblea u otro organismo competente. (La Directiva).

E) Participar en las actividades programadas de acuerdo a la solicitud que en tal sentido hagan los organismos de Dirección.

F) Ser emulados en función de sus servicios al estudiantado, al pueblo y a la Asociación.


ART. 11 SANCIONES A LOS MIEMBROS

a) se impondrán las mismas sanciones que a la directiva de acuerdo a como sea la falta, dígase esta leves o graves.



CAPITULO IV

COMISION ELECTORAL
ART. 58.- En una asamblea general celebrada entre sus miembros, convocada por el presidente en función (la directiva) un mes antes de cumplir el periodo de esta, se elegirá una comisión electoral que se encarga de organizar las elecciones.

ART. 59.- La comisión electoral estará integrada por un mínimo de 5 y un máximo de 7 miembros, los cuales no podrán tener afinidad ni parcialiarzacion con ninguna plancha.

ART.60.- La comisión electoral es la encargada de propaganda de las elecciones; determinar si los miembros están aptos para votar y tomar todas las medidas necesarias para que estas se desarrolle en un marco de democracia y que cumpla con su objetivo de fortalecimiento de ASEUIPA.

ART. 61.- Después de integrada La Comisión Electoral, ésta fijara las fechas de las elecciones 5 días después de ser elegida y se encargara de elaborar en cantidad y objeto, las boletas la cual será la única.

ART. 62.- La directiva facilitara a La Comisión Electoral información de lugar y materiales que serán usados en la propaganda y elaboración de boletas.

ART.63.- El voto será personal y secreto, y no tendrá validez en caso de coacción, presión, intimidación ó que el miembro votante se encuentre incapacitado de ejercer su deber y derecho al voto, por que pese alguna sanción o adeuda tres cuotas o mas.

ART. 64.- El sistema a emplear en las elecciones será el método proporcional, es decir, la participación colectiva de todas las planchas en función de la cantidad de votos obtenidos.

ART. 65.- Para que las elecciones sean consideradas legales se requerirá la participación de un mínimo de 2 planchas y la votación de más del 50% de los miembros de la asociación con derecho al voto.

ART. 66.- En caso de que solo sea presentada una sola plancha a la comisión electoral y reconocida por esta, se procederá a posponer las elecciones hasta un máximo de 3 veces; pero si a la tercera vez no se presenta otra plancha se concederá ganadora la participante, sin importar la cantidad de votos obtenidos.
13 ART. 67.- Los miembros electos a los cargos directivos serán juramentados por la comisión electoral y presentada por esta, hasta 15 días después de ser elegida, ante la asamblea general ordinaria para su conocimiento.

PÁRRAFO I.- Ningún miembro de la junta directiva podrá ocupar el puesto para el cual haya sido elegido, antes de haber prestado el juramento de respetar el presente estatuto y desempeñar fielmente su cometido.

PÁRRAFO II.- La persona que es elegida para suplir la vacante ocasionada por la renuncia, expulsión de uno de los miembros de la junta directiva, será juramentada en el mismo momento que es elegido en asamblea.

ART. 68.- La comisión electoral tendrá una duración de tres meses, para subsanar todo todos los desacuerdo en materia electorales.


DE LA DIRECTIVA
ART. 24.- La directiva es el máximo organismo ejecutivo de ASEUIPA, el encargado de dirigir la asociación

ART.25.-conformación de la directiva


A) LA DIRECTIVA ESTARÁ COMPUESTA POR 10 MIEMBROS DE LA SIGUIENTE FORMA:

1.- Secretario general.
2.- secretario de organización.
3.- Secretario de finanzas.
4.- secretario de prensa y propaganda.
5.- secretario de bienestar estudiantil.
6.-secretario de asuntos regionales y religiosos.
7.-Secretario de asuntos culturales y deportivos.
8.-Secretario de actas y correspondencia.
9.-Secretario de formación.
10.-Secretario de transporte.



CONTINUARA EN OTRA PUBLICACION, ESTUDIEMOS ESTA PARTE Y ENVIANOS TU SUGERENCIAS A jaf-2008@hotmail.com PARA FINES DE INCLUIRLAS